El Consejo Regulador dispone de los medios necesarios y de los procedimientos escritos reflejados en un Manual de Procedimiento, que le permiten desarrollar su sistema de control y certificación de los productos, de acuerdo a las condiciones establecidas en la norma EN. La financiación de las obligaciones del Consejo se efectúa con las exacciones parafiscales que se fijan en el artículo 90 de la Ley 25/1970.
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